Baleares dice casi adiós a las restricciones y hola a la nueva normalidad

Se mantiene como preceptiva la distancia entre personas y el uso de mascarilla, así como la ventilación; por lo tanto, se definen algunas restricciones sólo en las actividades con un alto riesgo de contagio. La principal novedad del nuevo marco que se aprueba afecta el sector del ocio nocturno.

El Govern solicita autorización al Tribunal Superior de Justicia para requerir el Certificado covid (Green Pas) a la hora de entrar en locales considerados discotecas. En este caso, el aforo máximo permitido será del 75%, con los clientes sentados en mesa para beber y mascarilla para acceder a la pista de baile.

El horario de cierre será, como máximo, a las 5.00 horas, sin perjuicio que las ordenanzas municipales sean más restrictivas.

Se condiciona el inicio de la actividad al permiso del Tribunal mencionado. Si la decisión de este no es favorable a la propuesta planteada, el lunes 4 se acordarían medidas para entrar en vigor el día 8.

En cuanto a los pubs, se mantienen las medidas actuales y se amplía el horario de cierre a las 04.00 horas sin perjuicio de que las ordenanzas municipales sean más restrictivas.

Por otro lado, se podrán realizar conciertos en los exteriores de los espacios habilitados a tal efecto hasta un máximo de 1.000 personas de pie.

En cuanto al sector de la restauración, se tiene que recordar la obligatoriedad de tener medidores de CO2 y la vigencia del uso de mascareta en interiores mientras no se bebe o come y en todo caso cuando no se puede mantener la distancia de seguridad de un metro y medio entre personas.

Por otro lado, se deja de establecer un número máximo de personas por mesa y el aforo en los interiores pasa del 50% al 75%.

El horario máximo de cierre estará regido por la licencia de la cual disponga el local y las ordenanzas municipales sean más restrictivas.

En las bodas, bautizos, comuniones y velatorios se eliminan las restricciones hasta ahora vigentes y también se eliminan todas restricciones específicas en playas y parques

A todos los efectos, se pueden llevar a cabo competiciones deportivas y entrenamientos con la presencia de personas. En los entrenamientos, la presencia de público será de un máximo de 500 personas en instalaciones cubiertas y 1.000 en instalaciones descubiertas

En el caso de las competiciones deportivas de ámbito autonómico, estatal o internacional las condiciones de aforo quedan sujetas a aquello que acuerde el Consell Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.